Sociedad Nacional de Pesca celebra promulgación de Decreto Supremo 329

Sociedad Nacional de Pesca celebra promulgación de Decreto Supremo 329

 

Se recordará que el DS 123 suscrito el 2004 por el Presidente Ricardo Lagos, ha sido y es parte fundamental de la política pesquera y de conservación de Chile. En lo esencial, condiciona la utilización logística de nuestros terminales marítimos, en el caso de naves de alta mar que capturen especies asociadas presentes también bajo jurisdicción nacional, como el jurel, a que cooperen con el ribereño en la conservación de esos recursos y apliquen normas compatibles con las vigentes bajo su jurisdicción. Se trata de una norma de conservación que busca, dentro de la gran tendencia del derecho y la política internacional moderna, combatir la pesca no regulada, y obtener la aplicación de medidas armónicas en el caso de recursos transzonales en la alta mar y en la zona económica exclusiva de 200 millas.

El concepto de “nave de pesca” comprende a las que le sirven de apoyo para diversos fines. El DS 329 así lo aclara y especifica, complementando el actual DS 123, en su artículo único.

La interpretación y definición de alto nivel de esta Política de Estado recoge un deseo e inquietud de todo el sector pesquero nacional como también de los interesados en la conservación de los recursos pesqueros en general. Merece ser destacado y celebrado. Su oportuna aplicación servirá sin duda a los altos fines perseguidos.

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Decreto 329 que modifica decreto 123
Agrega inciso final sobre naves de avituallamiento