Ley de pesca del Senado
Antonio Horvath K., senador
Intenso debate produjo, concitando el interés de todos los chilenos. Es una actividad compleja que mueve US$1.500 millones anuales.
Los pueblos originarios tienen derecho por la Ley 20.249, del Borde Costero o Lafquenche a espacio marítimo, y a través de las prácticas consuetudinarias a recursos hidrobiológicos. Se definió un Registro de Pesca Artesanal propio para Rapa Nui.
Un tema interesante de debate y no aún bien comprendido son las actividades compatibles e incompatibles en torno a los Parques del Sistema Nacional de Areas Protegidas bajo tuición de la Conaf. En dos de ellos, el Bernardo O’Higgins de 3,5 millones de hás., el mayor del país, y el de Agostini, se ha planteado una discusión por cuanto algunos entienden que incluye las porciones marinas de fiordos y canales australes.
Esta no la entendemos así, por cuanto las superficies protegidas corresponden al área terrestre y en las porciones de mar hay que complementarlas con parques y reservas marinas. Además, en este borde de mar actúan los pescadores artesanales y se desarrolla una incipiente y muy valiosa actividad turística.
Esperamos que la ciudadanía, las distintas organizaciones y los diputados aprecien en plenitud esta nueva ley, para perfeccionarla si corresponde en la Comisión Mixta.